El TS reitera que no es necesario aportar NIE para registro de Parejas de Hecho
12 de Diciembre de 2016
Vizano informa:
El Tribunal Supremo reitera la jurisprudencia que indica que no es necesaria la aportación del Número de Identidad de Extranjero para el Registro de Parejas de Hecho:
El TS indica que la Ley 1/2001, de 6 de abril, por la que se regulan las uniones de hecho, ni el Decreto 61/2002, por el que se aprueba su Reglamento de Desarrollo, exige, como requisito necesario, la posesión de un N.I.E. para la inscripción de ciudadanos extranjeros.
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