Publicado: 4 de Noviembre de 2015


Concesión de la nacionalidad española a todas aquellas personas que constan en el anexo del presente real decreto por haber acreditado con anterioridad al 1 de octubre de 2015, ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, su origen sefardí.

Os dejo el enlace de toda la reglamentacion. podeis contactar en caso de tener alguna duda.

Viviana Lozano- Abogada.

http://www.otrosi.net/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAO29B2AcSZYlJi9tynt_SvVK1-B0oQiAYBMk...